CAH

2026 / MAYO 29

CIRCULAR NRO. 662026
A los Presidentes de las Entidades Afiliadas

RESOLUCION TRIBUNAL DE DISCIPLINA

CAMPEONATO: CRC Sub 14 Centro Cuyo
LUGAR Y FECHA: Villa Mercedes, San Luis – 6 al 9 de noviembre de 2025
DIVISIÓN: Damas

VISTO:

Los informes elevados por dos árbitros femeninos, quienes refieren haber vivido
situaciones de hostigamiento y conductas inapropiadas durante el trámite del Torneo de
mención; y

CONSIDERANDO:

Que el Sr Coordinador General de Árbitros elevó en los primeros días del mes de diciembre del año 2025 dichos informes a este Tribunal, los que habían sido remitidos a él con posterioridad a la finalización del referido Campeonato Regional de Clubes;

Que, en primer término se deja constancia que el Sr Miguel BECERRA, miembro de este Tribunal, se abstuvo de las deliberaciones y de la resolución del presente caso, en atención a su calidad de Presidente de la Federación Sanluiseña de Hockey, lugar en que se desarrolló el Campeonato Regional de Clubes y en donde se habrían producido las situaciones informadas por las árbitros y teniendo en cuanta además que los árbitros a los cuales se les atribuiría la situación de referenciada pertenecen a la antedicha Federación;

Que, solicitamos los pertinentes descargos a los árbitros involucrados, esto es el Sr. Luis ZALAZAR y el Sr. Ezequiel FERNÁNDEZ, a través de la Federación Sanluiseña de Hockey, como así también el informe al Director y a la Coordinadora de Árbitros del Torneo;

Que, tanto de los informes de las árbitros que ponen en conocimiento de lo sucedido como en los descargos de los árbitros señalados, se indican que en el Torneo también se encontraban dos árbitros de la Asociación Sanjuanina de Hockey, a los que se les requiero el pertinente informe y que lo remitieron hace unos días atrás;

Que, en primer término es importante destacar que de la lectura de los informes de ambas árbitras surge, al menos en forma preliminar, una coincidencia en los relatos, la existencia de un clima reiterado de comentarios de contenido sexual o inapropiado,
situaciones que generaron incomodidad sostenida y episodios concretos con respecto al árbitro Ezequiel FERNANDEZ que, en distintos partidos cuando le toco arbitrar con ellas, a través del intercomunicar habría realizado chistes con doble sentido, haciendo alusión a lo sexual, con faltas de respeto reiteradas y evidenciando un exceso de confianza, coincidiendo ambas en que, no solo le solicitaron que abandonara esa conducta, sino también que las incomodaba;

Que también ambas árbitros refirieran otro episodio en una cena que, en razón de los comentarios que habría proferido principalmente el árbitro FERNANDEZ, no solo de índole sexual sino también personal, terminó con una de ellas retirándose del lugar a los sollozos con el árbitro Miguel NARVAEZ (arbitro de San Juan);

Que ambas expresan que muchas veces manifestaban su desaprobación a los chistes y/o lo alusivo al contenido sexual haciéndolo en voz alta para que escuche la Sra. Coordinadora de árbitros, y solo una de ellas indica haberle referido en privado en su habitación lo que acontecía;

Que tanto la Coordinadora de Árbitros como el Director del Torneo, coincidieron que, ante las inclemencias meteorológicas, estaban totalmente abocados a la reprogramación de los partidos;

Que específicamente el Director del Torneo indica que ni las chicas ni la Coordinadora de árbitros le advirtió sobre la situación que estaban atravesando, y que en ningún momento se dio cuenta de los comentarios de índole sexual ni los gestos mencionados, “lo cual no quiere decir nada porque mi cabeza estaba puesta en la función que estaba desempeñando y claramente puede no haber prestado atención.”

Que no obstante ello, expresa el Sr Director del Torneo que, en cuanto al episodio del restaurante, es cierto que una de las arbitras dejo la mesa y salió a la vereda acompañada de otro arbitro;

Que la antedicha Coordinadora expresa en el informe solicitado por éste Tribunal que: “Mi observación fue que el grupo permitía y aceptaba esta manera de relacionarse, todos abalaban esta forma de comunicación. Desde mi experiencia, al ver estos hábitos de comunicación, con doble sentido y pensando que podría afectar a alguien, utilice palabras o frases, para que el grupo reaccione y modifique su proceder...” indicando luego que quizá ”mis palabras..., fueron sacadas de contexto, mal interpretadas..”

Que asimismo indica que detectó que “...el grupo de Árbitros que me designaron era un grupo heterogéneo, el cual avalaba una comunicación de doble sentido, y un trato oral displicente. A lo cual tome las medidas mencionadas en el párrafo anterior, creyendo haber contribuido al cambio”

Que por último informa que no tenía conocimiento alguno de los hechos mencionados en los informes elevados por las árbitros mujeres ya que éstas lo mandaron directamente al Coordinador de Árbitros Nacionales y se enteró de los mismos con la solicitud de informe requerido por el Tribunal de Disciplina, negando que la charla privada en la habitación sea sobre el tema sino que se debió a una solicitud de cambio en el arbitraje.

Que en referencia a los árbitros pertenecientes a la Asociación Sanjuanina de Hockey, uno de ellos, Sr Miguel NARVAEZ expresa. “Durante el desarrollo del torneo el señor Ezequiel Fernández realizaba de manera frecuente comentarios y chistes dirigidas hacia las colegas... Según pude observar, dichos comentarios generaban incomodidad en ambas chicas, quienes en varias oportunidades manifestaron que no se sentían cómodas con ese tipo de actitudes. Asimismo, recuerdo particularmente una situación en la que el Sr Fernández hizo referencia a aspectos de la vida personal... lo que provocó que ella se sintiera muy mal emocionalmente, llegando incluso a llora.”
En distintas ocasiones se comentaron diversas situaciones relacionados con actitudes y expresiones del Sr Fernández hacia ellas, que el aparentemente realizaba en tono de broma, sin embargo, las chicas no lo interpretaban de esa manera y reiteraron reiteradamente su malestar....”

Que el otro de los árbitros el Sr Santiago ROBLES indica: “Durante el desarrollo del
torneo escuche algunos comentarios que pueden haber incomodado las arbitras
denunciantes.
El presente informe se realiza conforme a lo solicitado por el Tribunal y refleja únicamente
aquello que personalmente escuche y pude percibir durante el evento...

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