CAMPEONATO: CAMPEONATO REGIONAL CLUBES “A” Sur Ampliada
FECHA: 05/09/2021 (CORDOBA)
PARTIDO: Club Atletico Estudiantes de Parana vs Club Atletico Talleres de Cordoba
DIVISION: CABALLEROS
PREPARADOR FISICO: Sr. Marcos Diaz (Club Atletico Estudiantes de Parana)
CONSIDERANDO:
Que durante en el minuto catorce del segundo cuarto, el preparador físico del Club Atlético Estudiantes, Sr. Marcos Díaz, es expulsado por cuestionar las decisiones arbitrales de manera incorrecta.
Que han sido considerados los antecedentes del preparador físico. Que en consecuencia corresponde merituar la sanción de conformidad con lo normado en el arts. 24o, del Reglamento del Tribunal de Disciplina de la Confederación Argentina de Hockey SCyP.
Por todo ello
RESUELVE:
Primero: Sancionar de conformidad a las normas citadas, con una (1) fecha de suspensión al preparador físico del Club Atlético Estudiantes, Sr. Marcos Díaz; Art. 24°.- La suspensión corresponderá por hechos que a juicio del Tribunal de Disciplina demuestren que el inculpado ha actuado, sea contra adversarios, compañeros, árbitros espectadores, etc., atentando contra el principio fundamental de una sana convivencia deportiva, o vulnerando los principios de ética o de moral o que menoscaben la autoridad del árbitro, y merezca por lo tanto una pena efectiva.
Segundo: La sanción será para toda actividad relacionada con la actividad del hockey.
Art. 40°.- Las sanciones lo serán para toda actividad relacionada con la actividad del hockey, organizada o patrocinada por la Confederación Argentina de Hockey sobre Césped y Pista, salvo que el Tribunal de Disciplina especifique que lo es para una determinada función en particular.
Tercero: Notificar, registrar como antecedentes y oportunamente archivar.
Esta Circular se emite en una (1) foja, a los 14 días del mes de Septiembre de 2021