CIRCULAR NRO. 15-2022
A los Presidentes de las Entidades Afiliadas
RESOLUCION TRIBUNAL DE DISCIPLINA
FECHA: 27/03/2022 (RESISTENCIA)
PARTIDO N° 18: Clubes Asociados Progreso Rowing Independiente (Posadas) vs Club
Atlético San Fernando (Resistencia)
DIVISION: DAMAS
JUGADORA: RODRIGUEZ, Daniela Soledad
CONSIDERANDO:
Que la jugadora del Club San Fernando, RODRIGUEZ, Daniela Soledad, es expulsada por dirigirse a un árbitro del partido con palabras que están reñidas con la práctica del deporte.
Que han sido considerados los antecedentes de la jugadora. Que en consecuencia corresponde merituar la sanción de conformidad con lo normado en el arts. 26o, del Reglamento del Tribunal de Disciplina de la Confederación Argentina de Hockey SCyP.
Por todo ello
RESUELVE:
1. Sancionar de conformidad a las normas citadas, con 5 (cinco) fecha de suspensión a la jugadora del Club San Fernando, RODRIGUEZ, Daniela Soledad.
Art. 26°.- El jugador que se dirija al árbitro o a una autoridad de la Confederación con palabras, gestos o ademanes que, sin ser injuriosos o insultantes, están reñidos con la práctica del deporte, será suspendido de uno a cinco partidos. Si mediaren insultos o injurias, la suspensión será de dos a cinco años.
2. La sanción será para toda actividad relacionada con la actividad del hockey.
Art. 40°.- Las sanciones lo serán para toda actividad relacionada con la actividad del hockey, organizada o patrocinada por la Confederación Argentina de Hockey sobre Césped y Pista, salvo que el Tribunal de Disciplina especifique que les para una determinada función en particular.
3. Notificar, registrar como antecedentes y oportunamente archivar.
Esta Circular se emite en una (1) foja, a los 21 días del mes de abril de 2022